Dentista en España: colegiación y primeros pasos para trabajar
Qué pasa después de la homologación: hay que colegiarse, no hay especialidades oficiales y cada colegio pide sus papeles. Un ejemplo real, el del Colegio de Madrid, con cifras y fecha.
Completa Datos revisados: 23/10/2026. Vuelve a la guía de Odontología en España.
Lo que dice el Consejo General de Dentistas
- Para ejercer es obligatorio colegiarse en el Colegio Oficial de Dentistas del territorio donde vayas a trabajar, tanto por cuenta propia como ajena; basta un solo colegio para ejercer en todo el territorio. Hecho, verificado el 23/10/2026
- Con un título de fuera de la UE, el primer paso es solicitar y obtener la homologación en el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, que da al título los mismos efectos que el español a que se homologa. Con un título de la UE, el EEE o Suiza, el primer paso es el reconocimiento profesional en el Ministerio de Sanidad. Hecho, verificado el 23/10/2026
- España no tiene especialidades oficialmente reconocidas en odontología: los títulos de especialista extranjeros no se reconocen ni se homologan, y no puedes usar el término «especialista». Se puede ejercer todas las disciplinas. Hecho, verificado el 23/10/2026
Fuente: Consejo General de Dentistas: trabajar en España, leída el 23/10/2026. Lista de colegios: colegios oficiales.
Un ejemplo: lo que pide el Colegio de Madrid (COEM)
Esto es lo que publica el COEM para colegiarse. Es un solo colegio: los demás tienen sus propios requisitos, así que pregunta al de la provincia donde vayas a trabajar. Hecho, verificado el 23/10/2026
- Fotografía actualizada tamaño carné, y documento de identidad, NIE, pasaporte o permiso de trabajo y residencia en vigor.
- Datos bancarios completos (IBAN y BIC/SWIFT) para la cuota.
- Certificado de antecedentes penales y certificado de delitos de naturaleza sexual.
- Autorización para verificar el título.
- Con titulación extranjera: el título original y copia compulsada ante notario español, con copia de la traducción jurada si procede, y la resolución de homologación del Ministerio, original y copia compulsada ante notario español.
| Concepto | Importe | Etiqueta |
|---|---|---|
| Tasa administrativa | 50 € | Hecho, verificado el 23/10/2026 |
| Cuota de entrada o derechos de inscripción | no indicado | La página no lo dice; pregunta al colegio |
| Seguro de responsabilidad civil | obligatorio; el colectivo con A.M.A. varía por mes de alta (ejemplo: 159,07 € en enero con 300.000 € de cobertura; 13,26 € en diciembre) | Hecho, verificado el 23/10/2026 |
- Quien ha ejercido en el extranjero y se traslada desde otro colegio o se reincorpora aporta además un certificado de buena conducta del país correspondiente; para la primera colegiación con título extranjero la página no lo menciona. Hecho, verificado el 23/10/2026
- No se admiten fotos de documentos, solo archivos escaneados o digitales, y los datos del formulario deben coincidir exactamente con los de tu documento de identidad. Hecho, verificado el 23/10/2026
- La página de solicitud es de tramitación en línea; no hemos comprobado si hay que acudir en persona. Indicio
Fuente: COEM: requisitos para colegiarse, leída el 23/10/2026. El Consejo General de Dentistas tiene además una ventanilla única de trámites para dentistas; no hemos revisado qué trámites admite.
Lo que esta página no cubre
- Autorización de residencia y trabajo: es otro trámite, con otra administración (Extranjería).
- Alta de autónomo o contrato, cuotas y seguros distintos del de responsabilidad civil.
- Los requisitos de los otros colegios provinciales: no los hemos leído.
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| Fuente oficial | Estado | Última comprobación |
|---|---|---|
| Consejo de Dentistas: trabajar en España | Comprobación automática cada 6 horas | - |
| COEM: colegiarse | Comprobación automática cada 6 horas | - |
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